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Archivo para 16 noviembre 2009

Solucion: el Modelo Alemán.

16 noviembre 2009 Deja un comentario

Tras ver que todo va demasiado mal, y despues de un largo periodo donde nuestro politicos, sean de donde sean y ocupen el lugar que ocupen en nuestro congreso, no han hecho absolutamente NADA demasiado bueno; salta la idea de ajustarnos al modelo alemán, pero con las particularidades de España y adaptandolo a nosotros.

El modelo que han llevado a cabo en Alemania consiste en realizar reducciones de jornadas y cobrar un desempleo proporcional al tiempo que se pierde de trabajo pagado por el Estado.

Así, vemos al ministro de trabajo, Celestino Corbacho, en unas declaraciones con respecto al tema:

Para mas información podemos ver el contenido en alguna noticia AQUÍ, o un amplio documento explicando mas a fondo de que trata ESTE MODELO.

Personalmente pienso, que en vez de tanto esperar, hablar y hacer política, tendrían que haber comenzado con las reformas hace tiempo; y por supuesto que no llegara a este profundo problema, ya que estaba mas que claro, que el sistema de trabajo en España no conducia a nada. Haber si gracias a la Crisis, tenemos un modelo de calidad en un futuro a corto plazo.

Extinción del Contrato de Trabajo.

11 noviembre 2009 1 Comentario

Por extinción del contrato de trabajo se entiende la finalización de la relación de dependencia del trabajador con el empresario, lo que lleva consigo el cese o liberación de las respectivas obligaciones.

despido

Son causas de extinción del contrato laboral las siguientes situaciones, que podemos ver ejemplos reales pinchando en ellas:

·        Por mutuo acuerdo de las partes.

·        Por las causas consignadas válidamente en el contrato salvo que las mismas violen algun derecho del trabajador.

·        Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.

·        Por dimisión del trabajador, debiendo preavisar como señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar. (normalmente 15 días de antelación porque si no se descontará el sueldo de 15 días)

·        Por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta del trabajador.

·        Por jubilación del trabajador.

·        Por muerte, jubilación en los casos previstos en el régimen correspondientes de la Seguridad Social, incapacidad del empresario o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.

·        Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo, cuando hubiera sido oficial.

·        Por despido colectivo fundado en causa económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre que aquél haya sido debidamente autorizado conforme a lo dispuesto en esta Ley.

·        Por voluntad del trabajador, fundamentada en un incumplimiento contractual del empresario.

·        Por despido del trabajador.

·       Por causas objetivas legalmente procedentes que alegue el Empresario,ya que puede ser anulado en caso de no ser ciertas estas causas.

Para aclarar todos estos supuestos podemos desplazarnos al Ministerio de Trabajo y mas concretamente al punto de su Guia que habla refiriendose a la ley de todos estos aspectos. PINCHA AQUI PARA IR.

Los sindicatos mas relevantes de nuestro país tambien aportan buenos medios para ver estos aspectos, como la guia de derechos del trabajador en la empresa de CCOO, o toda la legislacion vigente en UGT, como son la ley de empleo y el estatuto de los trabajadores.

Flexiguridad

4 noviembre 2009 Deja un comentario

Primer trabajo realizado en el Curso de Formacion y orientacion laboral,basado en el material entregado y realizado por mi.

Gracias a la crisis los defectos del mercado laboral han salido a flote mas aún, y gracias a un modelo creado por los paises Escandinavos desde hace ya varios años, podemos solucionarlo.

La flexiguridad es un concepto amplio que he querido comprimir en este documento de word, ya que el tema de tener un mercado laboral seguro y flexible para todos conlleva numerosos aspectos. DESCARGA AQUI.

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